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Patente

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Las patentes en España están reguladas por la Ley 11/86 de 20 de marzo de 1986, que sustituyó a la anterior del año 1929, y por el Reglamento, Real Decreto 2245/1986, de 10 de octubre.
La nueva Ley de Patentes contempla dos categorías de títulos de propiedad industrial: las patentes de invención y los modelos de utilidad (art. 1).
Son patentables únicamente las invenciones nuevas que impliquen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industrial (art. 4). Esta última condición excluye, por tanto, los servicios, las obras literarias, los programas de ordenador, las teorías científicas, los métodos matemáticos y cualquier otra obra científica que no pueda ser objeto de aplicación industrial. La patente tiene una duración de 20 años improrrogables (art. 49) replique montre de luxe chine y confieren a su titular el derecho a impedir a cualquier tercero la fabricación del producto o la utilización de los procedimientos objeto de la patente (art. 50).

Los modelos de utilidad son aquellas invenciones que, siendo nuevas e implicando una actividad inventiva, consisten en dar a un objeto una configuración, estructura o constitución de la que resulte alguna ventaja prácticamente apreciable para su uso o fabricación. En particular, podrán protegerse como modelos de utilidad los utensilios, instrumentos, herramientas, aparatos, dispositivos o partes de los mismos, que reúnan los requisitos indicados (art. 143). La duración de la protección de los modelos de utilidad es de diez años improrrogables (art. 152).
 

                                  
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